Estructura general y ordenación del territorio municipal

ESTRUCTURA GENERAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO MUNICIPAL

El modelo de ordenación del territorio municipal lo conforma la disposición y características de los siguientes elementos:

• Asentamientos de población.
• Sistema general de comunicaciones.
• Sistema general de espacios libres.
• Infraestructuras generales.
• Ordenación de usos y protección del suelo no urbanizable.

LOS ASENTAMIENTOS DE POBLACIÓN

Los asentamientos de población propuestos en el Plan General son todos los existentes en la actualidad. En posición central respecto del municipio se ordenan de forma integral los núcleos de El Ejido, Santo Domingo y Santa María del Águila. Este criterio, esbozado ya en las NN.SS del año 1.987 en las que se utiliza como nexo de unión la carretera N-340, se refuerza y aparece de forma rotunda en el Plan General, incorporando una franja de suelo residencial al norte de la mencionada carretera, lo que permite una unión con características más urbanas que las que proporcionaban los usos terciarios previstos en la normativa anterior.

Los núcleos de La Redonda, Las Norias, Matagorda y Balerma, mantienen su condición aislada y se proponen crecimientos para ellos acordes con el desarrollo urbanístico que han experimentado con la normativa anterior.

En San Agustín se propone un crecimiento del suelo residencial destinado a cubrir las demandas de viviendas previsibles. La Innovación amplia estas previsiones de crecimiento aumentando en consecuencia el suelo clasificado.

La Ensenada de San Miguel, en la que se concentran la mayor parte de los suelos turísticos, se ordena de forma integral, incorporando a los Planes Parciales ya desarrollados, el núcleo de Guardias-Viejas y los desarrollos urbanísticos del entorno del castillo. Hay que añadir los nuevos suelos propuestos en esta Revisión-Adaptación situados al sur del Alcor.

Para el núcleo de Pampanico, objeto de numerosas sugerencias de los vecinos y de la Junta Local, se formula una propuesta de crecimiento, en torno a la carretera de El Ejido a Dalias, muy ambiciosa, concentrando los usos residenciales al Oeste de dicha carretera y los usos terciarios al Este, con objeto de disminuir en lo posible el efecto travesía.

Por último, los denominados núcleos urbanos de origen rural, formados por agrupaciones de viviendas en suelo no urbanizable, son considerados como núcleos de población y se establecen unas condiciones mínimas de ordenación que permita dotarlas de servicios y regularizar la situación de hecho, limitando de forma drástica su crecimiento. Estos nuevos núcleos de derecho son Tarambana, El Canalillo, San Silvestre y el Pozo de la Tía Manolica.

EL SISTEMA GENERAL DE COMUNICACIONES

El sistema general de comunicaciones del municipio de El Ejido, se basa en la red de carreteras y en la implantación de un metro ligero de enlace entre los núcleos de mayor población. Se propone una trama viaria jerarquizada, siguiendo los criterios del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente, quedando establecidos los siguientes ejes:

EJES ESTE-OESTE:

1er. Nivel: Viario singular constituido por la Autovía del Mediterraneo A7.

2º Nivel: Vial intermedio que constituye un eje de ámbito comarcal Roquetas de Mar Balanegra

Tramos de la N-340 que no forman parte de la autovía.
Carretera Municipal de Almerimar a la carretera del Faro Sabinar AL -701.
Carretera Autonómica de Sta. María del Aguila a Pampanico A-358.
Carretera Autonómica de Sta. María del Aguila a Las Norias A-358.
Carretera Provincial de Roquetas al Faro Sabinar ALP-701.
Conexión San Miguel-Playas de Balerma AL-9036.

3er. Nivel: Vias de servicio de la autovía A7..

Carretera Provincial de Balerma a Balanegra AL102.
Carretera Municipal de Balerma a Guardias Viejas AL-9036.
Carretera Municipal de Matagorda a Almerimar AL-9006.
Carretera Municipal del I.A.R.A. sector IV.
Carretera Municipal de La Redonda a San Silvestre AL-9024.
Carretera Autonómica de Las Norias a La Mojonera A-358.
Carretera Municipal de San Agustín a La Mojonera AL-9008.
Carretera Municipal de San Agustín al Solanillo AL-9008.
Carretera Municipal de San Agustín a Las Marinas.
Carretera Municipal de Almerimar a San Agustín por la Cumbre AL-9006.

EJES NORTE-SUR:

1er Nivel: Carretera Municipal de El Ejido a Almerimar A-389

2º Nivel: Carretera Municipal de El Ejido a Pampanico AL-400. 

Carretera Provincial de la A7 a Balerma AL-4002.
Carretera Provincial de la A7 a los Atajuelos.
Carretera Provincial de la A7 a Guardias Viejas AL-104.
Camino de Puesto Rubio entre La Redonda y Las Norias AL-9009.
Carretera del Faro entre Las Norias y la Carretera Provincial del Faro AL-9008.

3er Nivel: Carretera Municipal de San Nicolás a la Provincial de Las Norias a La Mojonera.

Carretera Municipal de San Agustín a la Carretera del Faro AL-9008.
Carretera Municipal de San Agustín a la Carretera Provincial de Roquetas al Faro .
Nuevo enlace Ensenada de San Miguel al Vial Intermedio

Esta trama viaria general, se completa con la red de caminos rurales que se jerarquiza también en tres niveles.

METRO LIGERO

Dentro del PGOU, se propone un transporte público sobre plataforma fija que enlace los núcleos turísticos de Almerimar, Ejido Beach, Guardias Viejas, así como los nuevos desarrollos urbanísticos de la Ensenada de San Miguel, con el Área Urbana Central de El Ejido (AUCME), a través de la Avenida de la Costa.

La 1ª línea, partiría del Hotel Aguamarina de Almerimar cerca del puerto del Almerimar, para conectar con el intercambiador situado en las cercanías de la rotonda de Almerimar, desde allí iría paralelo a la Avenida de la Costa (A-389) por su margen izquierda, dando servicio a los trabajadores y usuarios de las actividades secundarias y terciarias de la Avenida de la Costa. Tras esto pasaría por debajo de la A-7, donde se ubicaría otro intercambiador en las cercanías del centro comercial El Copo, y del hospital Comarcal del Poniente. La ruta seguiría por el borde del futuro Parque Comarcal de El Ejido, hasta llegar a las cercanías de la Estación de autobuses, donde se crearía una estación intermodal, para que los viajeros puedan enlazar con otras rutas urbanas, o interurbanas, a través del autobús.

La 2ª línea, enlazaría con la línea 1ª a partir del intercambiador situado en las cercanías de la rotonda de Almerimar. Esta línea daría servicio a las urbanizaciones de El Ejido Beach y las nuevas urbanizaciones de la Ensenada de San Miguel discurriendo entre la laguna de El Ejido Beach, y el canal de remo, hasta Guardias Viejas.

La capacidad de transporte de este medio se mide entre 2.500 y 20.000 viajeros por hora y sentido, alcanzando cifras de 10.000 a 60.000 viajeros/día por línea. Las frecuencias, o intervalos entre vehículos, que son aplicadas habitualmente, se sitúan entre los 2 y los 7 minutos. La velocidad media es de 25 a 35 km/h con plataforma exclusiva y de 18 a 20 km/h con plataforma compartida, superando siempre al autobús que suele tener velocidades medias de 12 a 16 km/h, e inferior al metro subterráneo que alcanza los 40 km/h de media. La velocidad máxima, o comercial, de los tranvías se mueve entre 70 y 120 km/h.

La capacidad de transporte de cada vehículo varía entre 100 y 300 personas, pero los tranvías presentan la posibilidad de circular en composiciones múltiples.
Entre las aportaciones de los tranvías al medio ambiente.

• Reducción de las emisiones de gases con efecto invernadero.
• Incremento de la calidad del aire en el ámbito urbano.
• Reducción del nivel de ruido generado por el tráfico.
• Reducción del consumo energético del transporte urbano.
• Reducción de la congestión.
• Incremento de la calidad del ambiente urbano.
• Reducción de la ocupación de suelo, ya que para una misma capacidad de transporte el tranvía ocupa 30 veces menos espacio que el automóvil.
• Reducción de los residuos generados por el transporte urbano, al usar equipos reutilizables y materiales reciclables como pasa en el eurotram de Porto, donde dichos materiales alcanzan el 84 por ciento del peso del tranvía al final del ciclo de vida útil.
• Reducción de los recursos naturales y materias primas utilizados en el transporte urbano.

El trazado exacto y características técnicas serán objeto de un Proyecto específico formulado por el Ayuntamiento, si bien los desarrollos urbanísticos que se promuevan en su entorno deberán efectuar las reservas de suelo correspondientes.

EL SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES

Se ha dispuesto en su mayor parte, 59,86 Has. en el Parque de la Cañada de Ugijar, en posición central dentro del municipio y próximo a la mayor concentración de población, de forma que pueda ser utilizado fácilmente por la mayoría de los ciudadanos de El Ejido, así como por el resto de ciudadanos de la comarca ya que constituye el parque comarcal central. Dentro de este espacio se reserva una franja de 29,46 Has., parcialmente ocupada por una comunidad vegetal de arto negro (Maytenus Senegalensis), con objeto de mantener esta comunidad protegida y ampliarla hasta la superficie total reservada, para conservar un testigo representativo de la vegetación que en otro tiempo llegó a cubrir la llanura del Poniente almeriense. El resto de la superficie destinada a Sistema General de espacios libres se localiza en el entorno del Castillo de Guardias Viejas ( 9 Has.) y en La Redonda ( 0,39 Has). 

La Innovación del Plan incorpora nuevos Sistemas Generales de Espacios Libres, que se sitúan estratégicamente en:

• Parque de los Artos, junto al enlace de la Autovía con la Avenida de la Costa, próximo al Hospital Comarcal. (21,96.Has)
• Parque del Alcor, junto al borde del Alcor, configura la vía paisajística y la fachada de los invernaderos,  actuaciones definidas en el POTPA. (99,70 Has)
• Espacios Libres y Deportivos de la Ensenada de San Miguel, situado en el ámbito del Canal de Remo. (147.88 Has)

LOS SISTEMAS GENERALES DE EQUIPAMIENTOS

Lo constituyen los equipamientos de carácter general para el Municipio o comarcal que están situados ó se han previsto situar en el municipio de El Ejido.

  • Previstos en el Plan vigente.

Casa Consistorial
Sede Judicial
Centro de Formación Profesional de El Ejido
Campo Municipal de Deportes de Stº Domingo
Pabellón Municipal de Deportes de El Ejido
Centro de Servicios al Transporte por carretera
Parque de Bomberos
Hospital Comarcal
Cementerios

 

  • Previstos en la Innovación del P.G.O.U.:

Ampliación o complemento del hospital comarcal.
Canal olímpico de Remo.
Pabellón cubierto de natación
Polideportivo, con piscinas y pistas de atletismo.
Espacio escénico al aire libre.
Teatro y auditórium cubiertos.
Centro de exposiciones y congresos.
Jardín Botánico y arqueológico.
Campos de Golf.

LAS INFRAESTRUCTURAS GENERALES

Propuestas en el Plan General en lo que se refiere al saneamiento, no difieren de las previstas anteriormente, únicamente se completan con la implantación final de las EDAR, incluidas en las obras de Interés General del Campo de Dalias, que se sitúan en la Rambla del Loco de Balerma y en la Cañada de Ugíjar, y con una propuesta de saneamiento integral de la Ensenada de San Miguel que elimina la EDAR existente y las previstas anteriormente, así como sus correspondientes emisarios, concentrando todos los caudales a depurar en la EDAR de la Cañada de Ugíjar. Se amplía la reserva para filtración de las pluviales en la Cañada de Ugíjar a 15,42 Has. para tener en cuenta que la red de El Ejido vierte en su totalidad en esta zona, la reserva incluida en el PGOU ha sido adquirida por el Ayuntamiento de El Ejido. Se procederá a duplicar la EDAR existente, tal y como se describe en el apartado, 14.2. de esta Memoria.

En cuanto a la red de abastecimiento se anilla la totalidad de la red municipal de forma que todos los depósitos reguladores pueden tener suministros alternativos para aumentar el nivel de seguridad en el suministro de agua potable.

Las infraestructuras del ciclo del Agua, requeridas por la ampliación de Suelos, se describen en el Apartado 15. de esta Memoria.

LA ORDENACIÓN DE USOS Y LA PROTECCIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE

Constituye uno de los aspectos fundamentales del Plan General, ya que la gran intensidad de usos existentes en este suelo en el municipio de El Ejido, hacen necesaria una regulación específica.

La regulación del suelo no urbanizable se basa en la división de éste en categorías y en la regulación de los usos y actividades posibles, estableciendo las condiciones de compatibilidad entre ambos.

El Suelo No Urbanizable del vigente Plan cuenta ya con un importante desglose de categorías de este tipo de suelo, por lo que en la presente Innovación del PGOU se mantienen la mayor parte, sobre todo de los que cuentan con una protección específica.

Para conseguir la adaptación a la legislación vigente, y de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la L.O.U.A. 7/2002, se han adscrito las distintas clases de ordenación a las categorías que se determinan en dicha ley para el Suelo No Urbanizable. Estas categorías dentro de la clase de Suelo No Urbanizable son:

  • Suelo No Urbanizable de Especial Protección por legislación específica, entre los que se incluyen los siguientes terrenos:

• Aquellos que tienen la condición de bienes de dominio público natural o están sujetos a limitaciones o servidumbres por razón de éstos, cuando su régimen jurídico demande, para su integridad y efectividad, la preservación de sus características.

• Aquellos que están sujetos a algún régimen de protección por la correspondiente legislación administrativa, incluidas las limitaciones y servidumbres así como as declaraciones formales o medidas administrativas que, de conformidad con dicha legislación, estén dirigidas a la preservación de la naturaleza, la flora y la fauna, del patrimonio histórico o cultural o del medio ambiente en general.

  • Suelo No Urbanizable de Especial Protección por planificación territorial, son aquellos terrenos que merecen un régimen de especial protección otorgado por:

• La revisión del presente Plan General de Ordenación Urbanística por contar con valores e intereses específicos de carácter territorial, natural, ambiental, paisajístico, o histórico.

• El Plan de Ordenación del Territorio del Poniente Almeriense, en el que se establecen disposiciones que impliquen su exclusión del proceso urbanizador y directrices de ordenación de usos, de protección o mejora del paisaje y del patrimonio histórico y cultural, y de utilización racional de los recursos naturales en general, incompatibles con cualquier clasificación distinta a la de suelo no urbanizable.

  • Suelo No Urbanizable de preservación del carácter natural o rural, es aquel suelo que, sin presentar especiales valores naturales, debe mantener su destino primordial, que no es otro sino el agropecuario, por ser inadecuados para un desarrollo urbano, al tiempo que cumplen una función equilibradora del sistema territorial, por:

• Ser necesario preservar su carácter rural porque existan valores (actuales o potenciales) agrícolas, ganaderos, forestales, cinegéticos o análogos.
• Ser necesario mantener sus características por contribuir a la protección de la integridad y funcionalidad de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos públicos o de interés público.
• Presentar riesgos ciertos de erosión, desprendimientos, corrimientos, inundaciones u otros riesgos naturales.
• La existencia de riesgos de accidentes mayores derivados de actividades y usos artificiales del suelo o por la simple presencia de usos que medioambientalmente sean incompatibles con los usos a los que otorga soporte la urbanización.
• Ser improcedente su transformación, teniendo en cuenta razones de sostenibilidad, racionalidad y las condiciones estructurales del Municipio.

Se pasa pues a la descripción de los terrenos de las distintas clases de suelo.

- Suelo No Urbanizable de protección por legislación específica

• Paraje Natural
• Reserva Natural
• Dominio Público Marítimo Terrestre
• Dominio Público Carretera
• Vías Pecuarias
• Zonas de Interés Cultural
• Suelos de riesgos naturales.
• Protección de cauces
- Suelo No Urbanizable de protección por el P.O.T.P.A.
• Paisajes protegidos y Espacios de interés ambiental y territorial.
• Lugares de interés comunitario L.I.C.
• Zonas de Influencia de núcleos
• Espacios degradados


- Suelo No Urbanizable de protección por su carácter natural o rural.

• De interés agrícola.

Para cada uso o actividad regulada se establece las condiciones de compatibilidad con cada categoría de suelo no urbanizable, estando recogido el resumen en un cuadro o matriz de compatibilidad, que se encuentra en el documento de Normativa.

SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN POR LEGISLACIÓN ESPECÍFICA

Paraje Natural de Punta Entinas-Sabinar

El reconocido valor ecológico de espacios naturales como Punta Entinas – Sabinar fue puesto de manifiesto con su declaración como Paraje Natural en la ley estatal 4/1989, y la ley andaluza 2/1989. Además este espacio fue incluido en la Propuesta de Lugares de Interés Comunitario realizada por el estado Español a la Comunidad Europea, coincidiendo los límites en su totalidad con el de Paraje Natural.

Reserva Natural de Punta Entinas-Sabinar

Dentro del Paraje Natural, se incluye la Reserva Natural de Punta Entinas-Sabinar, un espacio protegido que confiere un mayor grado de conservación a los hábitats acuáticos que incluye. Como en la categoría anterior, este espacio se incluye en la propuesta de Lugares de Interés Comunitario.

Dominio Público Marítimo Terrestre

Abarca los terrenos pertenecientes en esta clase de suelo al dominio público marítimo-terrestre.

Dominio Público de la Red de Carreteras

Vías Pecuarias
Incluye las vías pecuarias conforme a la propuesta de nuevos trazados formulados en este Plan.

Zonas de Interés Cultural

Dentro de esta categoría se incluyen los elementos catalogados como Bienes de Interés Cultural (B.I.C.) inscritos en el Catálogo General de Patrimonio Histórico. Gozan de la máxima protección que les otorga la Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español y la Ley 1/1991, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico Andaluz. Son elementos para la conservación preferente, en donde se fomentarán las actuaciones de conservación, puesta en valor, adecuación del entorno, etc. Identificado como tal, el BIC figura en el plano de Estructura General del Territorio en las zonas de interés cultural. El resto de Bienes Culturales se mantienen con las categorías tal y como establecen los Catálogos de Protección del PGOU vigente. Si bien se han diferenciado dos categorías en referencia al patrimonio arqueológico, histórico y monumental de El Ejido:

Estas categorías que se mantienen y sus características son:

Conservación Integral (C.I.): asignada a restos constructivos emergentes y zonas declaradas, incoadas o propuestas como “BIC”. Incluye tanto a los inmuebles aludidos como a áreas delimitadas en su entorno, que garantizan el acceso público. En los casos en que su ubicación lo permite, se impulsa la integración armónica en los núcleos urbanos, medida que favorece la visita y el disfrute colectivo de los mismos y en buena parte garantiza su higiene y la aplicación de las medidas de conservación y consolidación pertinentes. Las obras y actuaciones que se realicen en estos ámbitos serán exclusivamente tendentes a su recuperación, consolidación, mejora y valorización.

Protección Grado 1 (G.1): Se asigna a zonas arqueológicas que por su relevancia, al aparecer abundante material en superficie, con carácter previo a la autorización de actuaciones y obras que impliquen remoción de tierra, se deberán acometer los estudios arqueológicos necesarios para la documentación y protección del patrimonio que pudiese existir en el subsuelo. La ejecución de las actividades previstas o la posible modificación del proyecto de obra quedarán condicionados a los resultados de las intervenciones arqueológicas.

Protección Grado 2 (G.2): (Aplicación de “Seguimiento Arqueológico”).Zona con materiales arqueológicos en superficie, que hacen prever la existencia de restos. Se requiere la presencia de un arqueólogo en las actividades de remoción de tierra que se derivan del proyecto de obra. El arqueólogo/a director/a de la intervención, de confirmar la presencia de restos, adoptará las medidas reglamentarias para su documentación y ejecutará las investigaciones que las circunstancias justifiquen. En caso de que los restos hallados presenten un interés evidente, la obra proyectada se adecuará a las mismas exigencias de conservación y acceso público que las referidas en el Grado 1.

• En esta categoría se han incluido nuevos elementos al catálogo ya existente en la Carta Arqueológica de El Ejido. Es el caso del dispositivo hidráulico de las salinas de los Cerrillos y también el de 2 cortijadas: cortijo Jiménez y cortijo Molina, junto con los arcos arquitectónicos de Santa Mª del Águila, estos últimos considerados como elementos de interés etnológico.

• Sin Protección (S.P.): Existen, por último, zonas delimitadas en las cuales no se establece un grado de protección específico. Se trata de espacios en que tenemos constancia de que albergaron restos arqueológicos y que han sido definitivamente afectados por obras o usos contradictorios con la conservación de los mismos. Aludir a su existencia tiene, sobre todo, un propósito documental.

Protección de cauces

Se incluyen dentro de esta categoría los cursos de agua permanente y temporal, así como a las principales zonas de escorrentía

Suelos de riesgos naturales.

Esta categoría de suelo no urbanizable recorre cubetas endorreicas detectadas mediante el análisis de la cartografía del territorio, a la que se ha incorporado la información cartográfica del Plan de Avenidas de Andalucía. El interior de la zona delimitada, por carecer de desagüe natural, es susceptible de inundación. Se incluyen en esta clase de suelo las líneas de escorrentía y/o cauces públicos y su correspondiente ámbito de influencia.

SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN POR PLANIFICACIÓN TERRITORIAL

Paisajes Protegidos, Miradores Paisajísticos e Itinerarios Ecológicos

Bajo esta categoría se mantienen las áreas designadas en el POTPA y en el vigente P.G.O.U bajo la misma denominación, a excepción de los suelos que se encuentran dentro de los nuevos desarrollos bajo la categoría de Espacios Libres dentro del Suelo Urbanizable como ocurre con parte del alcor de Matagorda.

Paisajes de Interés Ambiental y Territorial

Se incluyen dentro de esta categoría los espacios señalados dentro del POTPA como Espacios de Interés Ambiental y Territorial, así como los ampliados en el vigente P.G.O.U de El Ejido que no estaban contemplados en el POTPA.

Dentro de esta categoría se delimitan:

A: BALSA DEL SAPO
B: ARBUSTEDAS DE MAYTENUS (ARTALES)
C: RAMBLA DEL LOCO
D: MATORRALES DE LA SIERRA DE GADOR

Lugares de Interés Comunitario

Además de los espacios naturales protegidos de las categorías anteriores, dentro del municipio se han diferenciado las áreas de suelo no urbanizable que se encuentran dentro de la propuesta de Lugares de Interés Comunitario (LIC) que en el año 2001 se hizo por parte del gobierno español, y que posteriormente la Unión Europea seleccionará para formar parte de la futura red de espacios naturales protegidos europeos denominada Natura 2000.

Con independencia de que se trate aún de una propuesta, el estado español y las comunidades autónomas están obligadas a la conservación de estos espacios como si ya estuvieran protegidos hasta su declaración definitiva.

Dentro del municipio ejidense se incluyen 4 áreas con esta categoría, dos al norte de Santa María del Águila y dos al sur del núcleo de El Ejido, a las que se añaden los correspondientes a la Reserva y Paraje Natural de Punta Entinas-Sabinar.

Influencia de los Núcleos de Población

Abarca a los terrenos aledaños a los núcleos de población, con el objetivo de proteger a esta zona como franja de amortiguación entre los núcleos de población y las zonas agrícolas, de forma que en esta franja excluidos los usos y actividades agrícolas permitidas en suelo no urbanizable que puedan suponer riesgo o molestias para la población o que puedan condicionar el futuro crecimiento urbanístico de los núcleos.

Espacios Degradados

Son los señalados en el plano de Protección y Mejora de los Recursos Naturales y el Paisaje del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente Almeriense, completados con los desmontes para emplazamiento de cultivos y canteras existentes en el pié de monte de la Sierra de Gádor.

Incluye:

• Zonas mineras y desmontes para emplazamiento de actividades agrícolas.
• Zonas de Vertederos (RSU).
• Zonas incendiadas y/o sin cubierta vegetal.

SUELO NO URBANIZABLE DE CARÁCTER NATURAL O RURAL

Incluye a todas las áreas identificadas en el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente Almeriense como Área de Cultivos Forzados Consolidados, por lo que incluye todo el suelo agrícola del Territorio Municipal que no se encuentra en alguna de las categorías antes descritas.

LA SOSTENIBILIDAD EN LA REVISIÓN-ADAPTACIÓN DEL P.G.O.U.

Introducción

El marco para impulsar el desarrollo sostenible desde el nuevo PGOU de El Ejido consolida sus bases en numerosos trabajos iniciados en el año 1987 con la redacción del informe Brundtland, Nuestro Futuro Común, que fue la primera formulación, en documento oficial, del concepto de desarrollo sostenible. A partir de entonces, el concepto de sostenibilidad se ha ido generalizando como criterio en las políticas medioambientales y de crecimiento económico.

En la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, los gobiernos representados expresaron su voluntad de adoptar prácticas encaminadas a integrar el medio ambiente y el desarrollo como estrategia para corregir las desigualdades existentes, incrementar el bienestar y mejorar la habitabilidad de la tierra a largo plazo. El compromiso adoptado de promover el desarrollo sostenible quedó plasmado en cuatro documentos, de los cuales la Agenda 21 ha sido el que mejor ha incorporado el espíritu de Río, al tratarse de un plan de acción para la sostenibilidad, cuya consecución requiere la necesidad de diseñar formas de cooperación y de aprendizaje mutuo entre las administraciones públicas y los agentes sociales. La Agenda 21 (A21) destaca el papel de las administraciones locales como agentes clave para la promoción de la sostenibilidad.

Con posterioridad, han aparecido varios documentos comunitarios que desarrollan con mayor detalle algunas de las líneas principales de acción y se ha impulsado la creación del “Grupo de ciudades europeas hacia la sostenibilidad”, que redactó la Carta de Aalborg, Dinamarca (1994), documento que explica el concepto de sostenibilidad en el ámbito local, analiza el inicio de la campaña europea y recoge el compromiso de los firmantes de poner en marcha el proceso de A21 Local. En la actualidad, más de 150 municipios españoles han suscrito la Carta de Aalborg.

En 1996, en Lisboa, se celebró la Segunda Conferencia Europea de Ciudades y Pueblos Sostenibles, en la que se aprobó el Plan de Acción de Lisboa. El plan contiene doce puntos, también de carácter programático, para estimular a las administraciones locales a iniciar sus A21L.

En 1999 tiene lugar la Conferencia Euro-Mediterránea de las Ciudades Sostenibles que tendría como objetivos, por un lado, implicar a las ciudades de la cuenca Mediterránea hacia un desarrollo sostenible, y por otro, evaluar el grado de aplicación de la Carta de Aalborg y el Plan de Acción de Lisboa.

En España, las inercias históricas que arrastra la política ambiental – ya sean de tipo político – institucional, económico o cultural – han impedido crear en la última década unas condiciones favorables a la adopción de políticas ambientales integradas y, a largo plazo, y, en general, al desarrollo de estrategias de sostenibilidad local. Sin embargo, esta tendencia se está invirtiendo, a partir de la década del 2000, y al tradicional dinamismo de Comunidades como Cataluña, Navarra, o Baleares, se están adhiriendo iniciativas promovidas desde otras regiones españolas de las que Andalucía constituye un claro ejemplo.

Así, la Consejería de Medio Ambiente ha impulsado El Programa Ciudad 21, que tiene como principal objetivo mejorar la calidad del medio ambiente urbano mediante iniciativas que fomenten un desarrollo sostenible en las ciudades andaluzas. El programa persigue, asimismo, crear una Red Andaluza de Ciudades Sostenibles que sirva de plataforma de cooperación e intercambio de experiencias entre los distintos municipios y provincias. El proyecto está abierto a todas las ciudades que manifiesten un compromiso público para iniciar una estrategia integral de desarrollo urbano sostenible. CIUDAD 21 es un Programa de sostenibilidad ambiental urbana que intenta conjugar los esfuerzos de la Administración Local y Autonómica con competencias en la mejora del medio ambiente urbano, en torno a un compromiso público de progreso de indicadores de sostenibilidad ambiental en materia de actividad urbanística.

La aplicación actual de los indicadores de sostenibilidad en las ciudades españolas se está realizando en el marco de la elaboración de las Agendas 21 Locales, uno de cuyos ejes principales es la elaboración de indicadores, en un proceso consensuado con los agentes sociales del municipio. El Programa Ciudad 21 plantea, igualmente, una propuesta de indicadores, los cuales han sido considerados en la elaboración de este Plan General con el fin de garantizar su formulación conforme a principios básicos de racionalidad en la utilización de los recursos naturales y de sostenibilidad urbana.

Por último, el Plan ha pretendido integrar el concepto de “ecoeficiencia” que progresivamente está pasando a ser objeto de la política ambiental (OCDE, 1998; AEMA, 1998b) en la formulación de sus determinaciones. La revisión de la Agenda 21 (ONU, 1997), en su apartado de integración, observa la necesidad de mejorar la eficiencia en el uso de los recursos, de estudiar formas de multiplicar por diez su productividad en los países industrializados y de promover medidas que favorezcan la ecoeficiencia. Los criterios de ecoeficiencia que establece el Consejo Económico Mundial para el Desarrollo Sostenible y que de alguna manera, el Plan ha trasladado a la esfera urbana son los siguientes (WBCSD/PMAE, 1999):

1. Minimizar el consumo de materiales para producir bienes y prestar servicios
2. Minimizar el consumo de energía para producir bienes y prestar servicios
3. Minimizar la dispersión de productos tóxicos
4. Mejorar la reciclabilidad de los materiales
5. Maximizar la utilización de recursos renovables
6. Prolongar la durabilidad del producto
7. Aumentar la utilización de servicios para producir bienes y prestar servicios

Criterios básicos de sostenibilidad del nuevo Plan:

En este contexto, la estrategia de desarrollo sostenible del municipio de El Ejido, y en particular, de los nuevos desarrollos urbanísticos que contempla el Plan, se ha basado en la búsqueda de factores de equilibrio entre el espacio rural y el tejido urbano, en un escenario territorial profundamente impregnado por flujos económicos de gran relevancia que han producido una fuerte inestabilidad en el ecosistema natural.

Desde esta perspectiva, los criterios de sostenibilidad sobre los que gravita el nuevo Plan se han centrado en dos cuestiones:

Redistribución y diversificación de los usos y de los servicios sobre el territorio, con el fin de:

• Reordenar y regular la implantación de usos discordantes, y muy especialmente el de la agricultura intensiva bajo plástico.
• Ordenar y concentrar las actividades industriales auxiliares a las del invernadero en suelos dotados infraestructuralmente para acoger tales usos.
• Incorporar de pleno al municipio a la oferta turística sostenible que propicia su situación geográfica con el fin de diversificar la actividad económica y mantener el nivel de desarrollo y mejora, eliminando los riesgos que conlleva una excesiva concentración del Sector Agrícola, y que se puedan ocasionar por acontecimientos exógenos o por alteración de las condiciones intrínsecas.

Fomento del reequilibrio entre naturaleza y tejido urbano, con el fin de iniciar una tendencia hacia el restablecimiento y conservación de los ciclos naturales del municipio, mediante la:

• Conservación y fomento de las características ecológicas del medio natural en aquellas áreas, escasas, que presentan todavía un grado de naturalidad significativo, como son el Alcor de Matagorda, los artales del entorno del Hospital, etc. y mejora del status de protección de algunas de las áreas propuestas como Lugares de Interés Comunitario, en todos los casos de excepcional valor ecológico.
• Recreación de los hábitats acuáticos salinos originales de gran valor ecológico, que quedaron destruidos con el desarrollo de la actividad agrícola bajo plástico.
• Protección de la calidad paisajística de los escenarios naturales del municipio. En este sentido el Plan se propone como uno de los objetivos principales el acondicionar la nueva propuesta urbanística a las características naturales del área en la que se enmarcan.
• Gestión ecoeficiente de los recursos naturales consumidos por los nuevos desarrollos, en particular los recursos hídricos, haciendo especial hincapié en el mantenimiento de su sostenibilidad.
• Incorporación de ordenanzas para promover la toma de iniciativas de ecoeficiencia en materia urbanística, en particular en lo relativo al uso del agua (doméstico y de riego de espacios verdes) y la energía.

Propuestas concretas relativas al diseño territorial

El nuevo PGOU pretende que, desde su propio planeamiento, el municipio oriente su desarrollo con las actuaciones que se describen a continuación.

Integración de usos

Un modelo territorial ordenado tiene que dar cabida de forma proporcionada a los usos residenciales y a una variedad de actividades económicas que garanticen el desarrollo equilibrado de la estructura social.

El Modelo Territorial establecido en el vigente Plan consolida las componentes de actividad económica en el municipio, mayoritariamente basadas en el sector agrícola, con una incidencia importante del sector servicios. Se evidencia el excesivo peso que tiene la población ocupada en el sector primario, y la escasa terciarización de su economía productiva. Sin embargo, se pone de manifiesto, precisamente, que las posibilidades de crecimiento del primer sector son nulas desde el punto de vista cuantitativo, por agotamiento de la disponibilidad física de terrenos para ello.

Por ello se debe apostar por un modelo más flexible que sea capaz de hacer frente a elementos exógenos, pactando otras formas de desarrollo, orientadas a un sector servicios diversificado.

Esta diversificación la realiza el PGOU en los dos componentes del sector que aparecen representados en el municipio: por un lado, el generado por el carácter de Centro Comarcal que desempeña El Ejido en el Poniente de Almería, y que el P.O.T.P.A. viene a consolidar en sus determinaciones, y por otro, el vinculado al desarrollo de la actividad turística que mantiene una tasa de crecimiento continua y al alza, vinculada obviamente a las mejoras de infraestructuras y al agotamiento de otros ámbitos de competencia.

En el nuevo Plan, las actuaciones que ponen de manifiesto la diversificación de usos y actividades en el territorio se concretan en las propuestas de reclasificación de los distintos sectores, así como en el modelo de localización de actividades. El PGOU considera y justifica que esta clasificación de suelo ha de producirse en los siguientes términos:

Clasificación como Suelo Residencial Turístico de:

• Los territorios situados en la Ensenada de San Miguel, continuidad de las urbanizaciones existentes y delimitados por el Alcor y la carretera de Matagorda a Guardias Viejas.
• El territorio situado en el borde del Alcor sobre la urbanización de Almerimar, apoyado en el lado norte de la vía paisajística del Alcor y limitado por los invernaderos.

Clasificación como Suelo Residencial:

• Los territorios situados al norte y oeste del Núcleo de San Agustín, en continuidad con dicho núcleo.

Clasificación como Suelo de Usos Terciarios e Industriales y de Equipamiento Comunitario:

• El territorio que bordea el vial de comunicación entre el Núcleo de El Ejido y Almerimar, interceptado
transversalmente por el vial intermedio, y determinado en el P.O.T.P.A.

Incremento y mejora de los espacios libres

El sistema de espacios libres públicos, parques y zonas verdes, además de dar soporte a las actividades lúdicas y recreativas que puedan desarrollar los ciudadanos al aire libre, cumple una importante función social como marco de relaciones entre diversos grupos de población, sin distinción de edad o condición socioeconómica: niños, jóvenes, adultos y ancianos que aprovechan estos espacios públicos, ajardinados o no, para jugar, pasear, descansar o conversar.

Si bien es notable la antropización que ha sufrido el territorio del municipio a lo largo de los años, a consecuencia del desarrollo de la actividad agrícola, siendo muy escasos los espacios libres potencialmente utilizables con estos fines, y, precisamente por ello, el Plan ha tratado de garantizar la presencia, en los nuevos desarrollos, de Espacios Libres de carácter público, que, por un lado, respondan a las nuevas condiciones urbanas, y por otro den satisfacción a las demandas de ocio y disfrute de la población municipal.

En el Plan vigente, la dotación de Sistemas Generales de Espacios Libres proyectados, se sitúa en torno a 6,16 m2/habitante, calculada para la capacidad máxima del plan, en el año 2015, una vez corregida la proyección de población, que se ha revelado desfasada. Este estándar se aproxima al mínimo de 5m2/habitante que contempla la LOUA.

La Innovación del plan plantea en el sector de la Ensenada de San Miguel, 169,54 ha de nuevo suelo para Sistemas Generales de Espacios Libres: el Sistema del Alcor Litoral, y el Canal de Remo.

El Sistema del Alcor se localiza a largo de este relieve, estando situado al norte de la Ensenada. En su coronación se diseña un espacio libre con una vía de circulación donde se articulan zonas de estancia, miradores, aparcamientos y enlaces verticales o en rampa con el pie del ecarpe. En paralelo a esta vía, y hacia el norte, se define una vía de servicio para la actividad de los invernaderos, en la cual estos serán visualmente ocultados. En este lugar, muy alterado en la actualidad, se crea un espacio libre donde se implantarán jardines xéricos con plantas mediterráneas, en su mayor parte autóctonas. El escarpe serestaura, recuperando su paisaje original con roquedos casi verticales y vegetación arbustiva y rupícola.

El Canal de remo, dispuesto longitudinalmente, enlaza, por su gran desarrollo, toda la nueva urbanización de la ensenada. De características olímpicas, configura un espacio libre para la práctica de actividades acuáticas deportivas, de ocio y de baño. El tratamiento de sus bordes conformará playas artificiales al servicio del municipio. Las instalaciones incluirán un Equipamiento Deportivo para natación, salto, natación sincronizada, etc. Los enlaces peatonales a través del canal y de las lagunas de Ejido Beach próximas se realizarán hacia la playa mediante pantalanes flotantes ó puentes ligeros, como los requeridos en competiciones.

En el sector de la Avenida de la Costa se reclasifican 21,95ha como Sistema General del Parque de los Artales, al sur del núcleo de El Ejido, y 10,2 ha de zonas verdes en la confluencia de la Avenida de la Costa con el Vial Intermedio, siendo el total de la actuación de 32,10 Ha.

Por último, en el núcleo urbano de San Agustín se destinan 8,21 Has de Sistemas Generales de espacios libres entre los suelos del PGOU vigente y los que se clasifican en esta Revisión – Adaptación.

Con las nuevas propuestas, el nivel dotacional del municipio aumenta muy considerablemente hasta 9,4 m2/habitante para una población de 132.800 habitantes, proyección más optimista para el Plan en el horizonte 2020, situándose en el término superior del rango preconizado por la LOUA (entre 5 y10 m2/habitante).

Como aportación añadida a estos Sistemas Generales, el nivel dotacional de Espacios Libres se debe completar con las zonas verdes de carácter local en la Ensenada de San Miguel, que contribuyen a esponjar el tejido urbano de este sector.

Con ello el Plan da cumplimiento al objetivo de elevar el estándar dotacional de espacios libres. Sin embargo, y en cualquier caso, el nuevo Plan afronta la ordenación de los espacios libres, no sólo como una cuestión cuantitativa (superación de estándares), sino también desde la óptica de su consideración como elementos para vertebrar formal y funcionalmente el territorio, desempeñando, en lo posible, no sólo una función paisajística, sino también ecológica.

Así, el Parque del Alcor se plantea como límite o frontera de los dos ejes con crecimientos fundamentales sobre los que propone hacer gravitar el desarrollo de El Ejido, el uso turístico y recreativo de la zona litoral, y el uso agrícola intensivo del interior. Constituye, igualmente, una barrera física de ocultación de una zona respecto a la otra.

Este es el caso, igualmente, del Sistema General de Espacios Libres denominado Parque de Artales, en donde se restaurará la vegetación de artales con el objetivo de proporcionar una conectividad natural entre las áreas de artales que se desarrollan al norte de la autovía y las ubicadas al sur de la misma, creándose así un gran espacio verde con la vegetación clímax del territorio, que además constituye, Hábitats de Interés Prioritario para su conservación, dentro de la Directiva Hábitat.

Por otra parte, en lo que respecta al tratamiento de estos espacios libres públicos, se han establecido determinaciones específicas en la línea de los criterios generales del Nuevo Plan. Básicamente sobre tres aspectos: la incorporación de criterios ecológicos en su diseño, tanto en las zonas verdes extensivas como en las de menor entidad; la minimización de la carga de mantenimiento (sobre todo desde la perspectiva del ahorro de recursos hídricos mediante la utilización de especies vegetales adaptadas a la xericidad), y la salubridad de las áreas para los usuarios, que se han configurado de manera que queden libres de plantas que puedan generar alergias o bien que sean tóxicas para el ser humano.

Algunos de estos criterios han cobrado cuerpo en las ordenanzas urbanísticas redactadas en el Plan, y han sido los siguientes:

• Mínima intervención en la morfología natural de los terrenos.
• Selección de especies de bajo consumo de agua y nutrientes.
• Selección de especies adaptadas a las condiciones ecológicas (salinidad, alta temperatura, insolación, vientos frecuentes e intensos).
• Desarrollo autoecológico de cada especie (con táxones de los que se conoce su buen comportamiento en la región).
• Toxicidad y comportamiento alergógeno: se han seleccionado especies de baja toxicidad en caso de ingestión, y cuyo polen no produce alergias de nivel medio-alto.
• Prohibición de introducción de especies exóticas invasoras, las cuales han sido descritas en las ordenanzas urbanísticas.
• Compatibilidad de las especies del ecosistema acuático salino que se implantará en el canal de remo y en la adecuación del arroyo de Matagorda.

Mejora y mantenimiento del paisaje

El diseño y configuración de los espacios urbanos ha sido estudiado en detalle para lograr una compatibilidad paisajística con el entorno y con la estética y cualidades naturales que caracterizan la Comarca del Poniente almeriense.

Esta integración incluye a aspectos del paisaje intrínseco, tanto con la introducción de propuestas arquitectónicas compatibles, como con la selección de especies vegetales y modelos a implantar en las distintas zonas verdes, en donde casi siempre predominan táxones mediterráneas.

De otra parte, se contempla la integración en las variables fundamentales que configuran el paisaje extrínseco de los nuevos desarrollos como son el color, la textura, la estructura de los componentes urbanos, la configuración espacial de los terrenos (llanos, resales, zonas litorales, etc.), y las características de los terrenos colindantes y de telón de fondo (áreas urbanas, agrícolas, mar, etc.). En este campo se han analizado minuciosamente los volúmenes de las edificaciones a implantar en su conjunto y entre ellos mismos, los colores más adecuados en viviendas y viales para mejorar la integración visual y la situación relativa y absoluta de los componentes urbanísticos para mejorar o realzar valores paisajísticos notables ya existentes, como ocurre en el caso del alcor de Matagorda.

Protección y mejora del medio natural

Desde el PGOU se ha procedido a reforzar la protección de determinadas áreas naturales del municipio, en concreto dos sectores clasificados por el PGOU vigente como Suelos No Urbanizables de Interés Agrícola. Se trata de dos pequeños polígonos con comunidades de arto en la zona de Santa Maria Águila y al sur de El Ejido junto a la autovía, que han sido incluidos en la propuesta LIC de la Consejería de Medio Ambiente de año 2001.

Del mismo modo, un nuevo polígono ubicado al este del LIC y del Hospital, junto a la autovía, se ha reclasificado como Suelos No Urbanizable de Especial Protección por Planificación Territorial. Interés ambiental y Territorial. Arbustedas de Maytenus (artales).

De igual forma, se concretan a escala de detalle las áreas de Parque Rural planificadas en el POTPA. 

Se incrementa también el número de elementos culturales protegidos por el planeamiento, en relación con el Plan vigente: uno como Bien de Interés Cultural, y cuatro como Zonas de Interés Cultural.

Prevención de riesgos de inundación

El Plan ha clasificado como suelo no urbanizable de especial protección, las áreas con riesgos de inundación, retomando la clasificación del PGOU vigente pero ampliada en el sector del área de las Norias en el que se ha realizado una extensión de la zona inundable original, de acuerdo los criterios establecidos en el Plan de Prevención contra Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos Andaluces, redactado por la Dirección General de Obras Hidráulicas de la Junta de Andalucía. También se abunda en la normativa relativa a la regulación de usos y actividades en el suelo no urbanizable en relación con su protección frente a los riesgos de inundación.

Además en los nuevos desarrollos, en particular en los suelos urbanizables potencialmente inundables del sector de la Avenida de la Costa y la Ensenada de San Miguel, se han previsto medidas estructurales encaminadas a la evacuación de los caudales de aguas siguiendo los criterios de diseño planteados en el citado estudio.

En el caso particular de la Ensenada de San Miguel, y dadas las características naturales y de la ordenación prevista, estas medidas se han concretado en dos actuaciones:

Adecuación de dos arroyos como vía de evacuación al mar de las escorrentías superficiales generadas al norte, este y oeste del sector, así como de las que sean captadas por el sistema de recogida de pluviales. Con ello se aminora el riesgo de avenida hasta el grado de bajo.

Esta actuación se complementa con dos bombeos de evacuación del agua del canal de remo en su sector occidental, uno hacia el mar (aprovechando los bombeos de recirculación del agua del canal) y otro al arroyo de Matagorda, en caso de emergencia o necesidad.

Gestión de la demanda y diversificación de la oferta de los recursos hídricos

El PGOU ha tratado de aplicar el criterio de sostenibilidad a la gestión de la demanda y la oferta de recursos hídricos consumidos por los nuevos desarrollos.

En este sentido, el Plan ha avanzado en frentes paralelos, orientados, por un lado a garantizar la sostenibilidad de la oferta, y por otro a gestionar de forma ecoeficiente el uso del recurso (ordenanzas de ecoeficiencia).

Esta cuestión ha cobrado especial interés debido a la situación crítica de sobreexplotación del Acuífero del Campo de Dalías, fuente, prácticamente exclusiva, de los recursos hídricos de la comarca.

Para abordar la sostenibilidad del recurso en el nuevo Plan se ha llevado a cabo durante su redacción un minucioso estudio de la demanda y oferta potencial, evocándose escenarios posibles que permitan garantizar la sostenibildad de los recursos demandados por los nuevos desarrollos.

El Plan satisface las nuevas demandas de agua para abastecimiento, en un 100%, de los recursos del acuífero que quedan disponibles una vez desmanteladas las 850 ha de invernaderos sobre las que se proyectan los nuevos crecimientos, junto con los caudales destinados actualmente al riego de zonas verdes, que pasan a ser regadas con aguas residuales depuradas. Se trata, en consecuencia, de un cambio de uso del recurso, sin necesidad de incrementar los bombeos del acuífero.

A pesar de estas garantías introducidas, la sostenibilidad del recurso hídrico a nivel municipal puede quedar comprometida en el horizonte 2020 debido al importante desequilibrio ecológico que hereda el Plan, y que se remonta a los años 80 en los que el acuífero fue declarado sobreexplotado. Por ello, el Plan plantea, en distintos escenarios, la sustitución progresiva de los recursos subterráneos por fuentes alternativas, como la depuración total de efluentes residuales, o el agua de mar desalada. Ambas propuestas están siendo ya abordadas por la planificación sectorial hidráulica en el marco del Plan Hidrológico Nacional. En estas condiciones se mejora progresivamente la situación del acuífero al reducirse notablemente las demandas que actualmente son abastecidas con recursos subterráneos, en particular las de riego.

El Plan da cabida a estas propuestas con el fin de frenar el deterioro de este capital natural y promover el inicio de la restauración de la funcionalidad del sistema hídrico del Campo de Dalías.

Fomento de la ecoeficiencia

Los principios de ecoeficiencia presentados en antecedentes se han tratado de aplicar al consumo de recursos primarios del Plan, en particular el agua y la energía. El objetivo del requisito básico “Ahorro de agua y energía” se ha centrado en conseguir un uso racional de estos recursos en la utilización de los edificios y la urbanización, reduciendo a límites sostenibles su consumo, y consiguiendo, que una parte del mismo proceda de fuentes renovables.

Ello se ha traducido en la elaboración de ordenanzas que desarrollan estos requisitos y establecen las exigencias básicas que deben cumplir los edificios y la urbanización para satisfacerlos.

En el caso de la energía, el Plan ha trabajado en la línea de incrementar la participación mínima de las energías renovables en el balance global energético del municipio, en particular la solar, introduciéndose, como aspecto novedoso, respecto al PGOU vigente, el concepto de contribución mínima de los nuevos desarrollos en energía solar para producción de agua caliente sanitaria, y en energía fotovoltáica para producción de energía eléctrica para suministro a la red general.

En la Ensenada de San Miguel, las ordenanzas del nuevo Plan obligarán a incluir en las nuevas construcciones, instalaciones receptoras de energía solar térmica para la producción de agua caliente sanitaria de los edificios, lo que supondrá una reducción del 16% en la demanda eléctrica total de la edificación. En el sector industrial de la Avenida de la Costa será obligatoria la instalación de paneles de captación de energía solar fotovoltaica para la producción de energía eléctrica para suministro a la red general. La producción estimada se cifra en torno al 9% del consumo energético de la edificación. Se implantará la Calificación y Certificación energéticas de Edificios e Instalaciones como requisito para otorgar las licencias de construcción.

Por otra parte, se han establecido medidas pasivas relativas a la exigencia en el diseño de las nuevas edificaciones del máximo nivel de acondicionamiento térmico posible mediante el correspondiente aislamiento térmico del edificio y paramentos perimetrales, de acuerdo a las recomendaciones de la Norma básica NBE-CT-79.

En cuanto a los mecanismos para favorecer el ahorro de agua, la gran apuesta del nuevo Plan se basa en conseguir la depuración correcta del total de las aguas que intervienen en el ciclo integral, ajustando los estándares de depuración a la calidad exigida para el agua de riego, uso al que serán destinados los efluentes residuales. Con todo, en las ordenanzas de urbanización se ajustan los distintos modelos de ajardinamiento con especies de requerimientos hídricos bajos o incluso nulos, para un ahorro de consumo de estas aguas depuradas.

Del mismo modo, en los puntos de máximo consumo, se diseñan, con carácter obligatorio, mecanismos adecuados para permitir el máximo ahorro del recurso. En los hoteles se diseñarán circuitos que permitan diferenciar las aguas sanitarias grises (lavabo y ducha) de las aguas fecales, con el fin de reutilizar las primeras para las cisternas de los inodoros.

Movilidad sostenible

La propuesta fundamental del Plan en el campo de la movilidad sostenible se concreta en una actuación que pretende ser paradigmática, por novedosa en el ámbito comarcal y provincial, y que tiene por objeto fomentar el transporte colectivo en detrimento del transporte individual motorizado.

El Plan apuesta por el metro ligero como solución de transporte metropolitano para la conexión del núcleo de El Ejido con los nuevos sectores de desarrollo, tanto los suelos industriales del Víal Costa, como la urbanización de la ensenada de San Miguel, ampliándose la red a los núcleos de Almerimar y Guardias Viejas, y permitiendo el intercambio modal hacia este nueva modalidad de transporte en las relaciones directas con los distintos núcleos. La propuesta plantea un trazado de la plataforma fija que discurre paralelo al Víal Costa, hasta el Alcor punto en que se derivan dos líneas diferenciadas, L1 Ejido Centro-Puerto de Almerimar y L2, Guardias Viejas- El Alcor.

De forma complementaria, desde el PGOU se propone la ampliación de la red de bicicarriles existente, con la incorporación de una plataforma independiente cuyo trazado discurre de forma subparalela a la plataforma fija del metro ligero.

Prevención de la contaminación atmosférica

La contaminación atmosférica más importante que se puede derivar de los nuevos crecimientos urbanísticos será la generada por el tráfico, por lo que el procedimiento más eficaz para limitar los problemas derivados será desarrollo de sistemas de ordenación que reduzcan las necesidades de desplazamientos, y medidas que fomenten el transporte colectivo.

En este sentido, la implantación de un sistema de transporte urbano colectivo que conecte los nuevos desarrollos entre sí y con los núcleos de El Ejido, Almerimar y Guardias Viejas viene a reforzar estas medidas indirectas de reducción de la contaminación.

Otra medida adoptada en el Plan y que contribuye a esta causa, es el sistema de recogida neumática de residuos en la Ensenada de San Miguel, lo que reduce el tráfico de vehículos pesados de recogida de basuras, limitando, en consecuencia, las emisiones de gases, olores y ruido a la atmósfera.

Respecto a la contaminación lumínica, el Nuevo Plan General se propone considerar a los cielos como parte del paisaje propio de la ciudad, promover la eficiencia lumínica y energética en el alumbrado público sin merma de la seguridad y controlar los luminosos y las vallas publicitarias en términos de contaminación lumínica.

Adecuación de los servicios urbanos al entorno

El diseño y la ejecución de las soluciones técnicas para los distintos servicios urbanos se adecuará a las características particulares de los distintos sectores y las posibilidades técnicas de disponibilidad y de oportunidad de cada espacio urbano, de manera que el resultado consiga una óptima calidad urbana y adaptación medioambiental.

Las propuestas del Plan en este sentido se centran, por un lado, en la implantación del sistema neumático de recogida de basuras, que elimina del paisaje urbano de la Ensenada de San Miguel las áreas de contenedores de RSU, que tan negativamente impactan sobre el mismo.

Por otra parte, la nueva instalación de redes de servicios urbanos, en todas las clases de suelos, se efectuará siempre mediante canalización subterránea, lo que afectará a las redes de energía eléctrica y de telecomunicación, aunque sean de media y alta tensión o de servicio supramunicipal.

Igualmente, los materiales de las pavimentaciones se elegirán con criterios también estéticos que permitan la integración de los viales en cada espacio.

 

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