Definición de los objetivos urbanísticos

DEFINICIÓN DE LOS OBJETIVOS URBANÍSTICOS PARA CADA NÚCLEO DE POBLACIÓN DEL MUNICIPIO Y DETERMINACIÓN DE LAS NECESIDADES DE EQUIPAMIENTO

EL EJIDO

En base a los datos contenidos en los apartados 1.4 y 1.7., se elabora la siguiente propuesta:

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Se mantienen los criterios y objetivos de carácter general descritos en el apartado anterior y se concreta el apartado relativo a bolsas de suelo, en el que se establece como objetivo mantener la clasificación de suelo urbano con planeamiento (P.E.R.I.) en las zonas de suelo sin desarrollar formadas por las unidades de actuación UA-42-EN por un lado y UA-16-EN y UA-17-EN por otro, en el primer caso para permitir la obtención de una gran zona verde y en el segundo para efectuar un cosido del viario estructurante de las zonas colindantes, a través de esta unidad. Existen también vacíos urbanos en torno a la Urbanización San Francisco formada por las unidades de actuación UA-25-EN, UA-26-EN, UA-31-EN y UA-32-EN, que será necesario mantener en este tipo de suelo, ya que sus características aisladas no permiten incorporarlas, para su desarrollo, al suelo colindante, esto mismo ocurre con las unidades de actuación de Ejido Sur UA-28-ES, UA-30-ES, UA-32-ES, UA-33-ES y UA-34-ES.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

La delimitación de suelo urbanizable tiene definido su borde Sur por la autovía Adra-Puerto Lumbreras y el resto de los límites vienen condicionados por la conveniencia de potenciar ciertas tendencias de crecimiento. En este sentido se considera como objetivo potenciar la unión entre los núcleos de El Ejido, Santo Domingo y Santa María del Águila primando la clasificación del suelo que favorezca esta unión y penalizando la que resulte contraria.

* En orden a la calificación de suelo se consideran los siguientes objetivos:

   - Obtener una zona verde de dimensiones suficientes para cumplir las funciones de plaza-parque en la unidad de actuación UA-42-EN.
   - Ampliación del Parque de la Cañada de Cabriles con características de parque deportivo con los terrenos colindantes al Sur y al Este.
   - Consideración de los espacios libres que generen las distintas unidades de ejecución como elementos activos en la creación del ambiente urbano necesario.
   - Reconsiderar la calificación de suelo para uso terciario en el triángulo comprendido entre la Carretera Nacional-340, la autonómica AL-400 y el acceso desde esta a la autovía, ya que se advierte una oferta excesiva de terciario en Ejido Norte.

   - Mantenimiento de las actuales tipologías edificatorias, y establecimiento de una previsión de suelo de cada tipología atendiendo a su desarrollo en los últimos diez años.
   - Desarrollo de una red viaria estructurante a partir de la autovía Adra-Puerto Lumbreras, estableciendo cinturones sucesivos que permitan el adecuado desarrollo urbanístico de las zonas de crecimiento y potenciando las conexiones entre El Ejido, Santo Domingo y Santa María del Águila ofreciendo otras alternativas a las existentes.
   - En El Ejido tiene especial interés favorecer las conexiones Norte-Sur, aún a costa de determinadas operaciones traumáticas sobre la red viaria consolidada, ya que existe una falta de permeabilidad en la dirección indicada provocada por el desarrollo a lo largo de la Carretera N-340.
   - Será también objetivo realizar penetraciones en el suelo consolidado desde la trama viaria desarrollada alrededor de dicho suelo, para favorecer la permeabilidad.
   - Para la zona centro se identificará la demanda de aparcamientos y se determinará la previsión de plazas necesarias estableciendo las ubicaciones más adecuadas y su naturaleza pública o privada. Para las zonas de vivienda unifamiliar en las que la demanda de aparcamiento es baja, se estudiará la posibilidad de autorizar, en los locales con uso exclusivo de garaje, otros usos que permitan potenciar la actividad urbana.
   - Potenciación del carácter de capitalidad del conjunto El Ejido-Santo Domingo-Santa María del Águila adoptando medidas tales como:
   - Establecer normas de diseño de plazas y vías públicas que favorezcan los usos peatonales y permitan incrementar la presencia de arbolado y zonas de encuentro.
   - Normalización de las calidades de los materiales y elementos constructivos que intervienen en las obras de urbanización, estableciendo unos niveles superiores a los actuales.
   - Impedir la presencia de usos industriales no compatibles con el carácter de capitalidad, en las zonas donde se desee potenciar éste.
   - Establecer una normativa que evite la aparición de nuevas zonas de concentración de discotecas, pubs y similares y limiten las existentes ya que provocan una degradación del ambiente urbano.

* En lo que se refiere a equipamientos locales:

Además de los que vaya generando el planeamiento de desarrollo, se considera necesario completar los existentes con los siguientes:

Pequeños campos de deportes al aire libre a ubicar en la ampliación del Parque de Cabriles.

Auditorio al aire libre también en el Parque de Cabriles o en el actual Sector S-2-ES-SD.

Chiringuitos y Quioscos a situar en los espacios que se generen en la travesía y en la ampliación del Parque de Cabriles, como elementos que contribuyan a mejorar el ambiente urbano.

Salas de barrio de uso múltiple en Ejido Sur y Santo Domingo.

SANTA MARÍA DEL ÁGUILA

La propuesta para Santa María del Águila se concreta en lo siguiente:

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Analizando pormenorizadamente el desarrollo de suelo, vemos que se ha consolidado la totalidad del suelo urbano con planeamiento propuesto en el centro del núcleo, habiendo quedado sin desarrollar algunas unidades de ejecución de borde, en las que han concurrido circunstancias especiales, estas unidades son:

UA-23-S, colindante con la carretera provincial de Santa María del Águila a Pampanico, en la que existen varias edificaciones fuera de ordenación que habría que indemnizar, lo que ha supuesto una carga insalvable para su desarrollo.

UA-24-S, situada al Oeste del núcleo y colindante con el Colegio. Su situación marginal y la gran división de la propiedad han bloqueado su desarrollo.

UA-25-S, situada al Sur de la CN-340 y al Este de la Rambla del Águila, existen dos propietarios que se reparten casi por igual la propiedad del suelo, estando en cultivo bajo plástico una de las fincas y baldía la otra. La desigualdad de circunstancias ha hecho imposible el desarrollo.

Se propone como objetivo mantener la clasificación de suelo de las unidades UA-23-S y UA-25-S arbitrando nuevos mecanismos de gestión y estudiar la posibilidad de incorporar a la UA-24-S los terrenos situados al Oeste, pasando este suelo a urbanizable, lo que permitirá generar gratuitamente mejores espacios libres en el Parque local de Santa María del Águila.

En la franja de suelo comprendida entre El Ejido y Santa María del Águila, a ambos lados de la carretera N-340, se habían delimitado en las Normas Subsidiarias vigentes, unidades de actuación negociadas con sus propietarios, algunas de estas unidades no se han desarrollado, por lo que el criterio general será incorporarlas a sectores colindantes para su ordenación conjunta con estos.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

El objetivo es común a El Ejido, Santo Domingo y Santa María del Águila y consiste en la consideración de los tres núcleos como un único conjunto urbano, por lo que la clasificación de suelo urbanizable tenderá a cubrir los huecos entre estos núcleos. Se propone también como objetivo coser e integrar la Barriada de Venta Carmona con el núcleo de Santa María del Águila, haciendo compatible esta operación de cosido con la limitación de crecimiento de Santa María del Águila hacia el Este de la Rambla del Águila.

* En orden a la calificación de suelo:

   - Previsión de suelo para cada tipología edificatoria atendiendo al desarrollo de cada una en los últimos años. Se deberá estudiar si existe una oferta excesiva para usos terciarios en la franja colindante a la Carretera N-340.
   - Desarrollo de una red viaria estructurante, cuyo objetivo principal será la conexión con El Ejido a través de vías paralelas al norte de la CN-340 que puedan recoger y canalizar adecuadamente el crecimiento urbano.

* En lo que se refiere a equipamientos locales:

   - Establecer un recinto Ferial permanente, en el que también puedan instalarse los mercadillos semanales.
   - Creación de pequeños campos de deportes al aire libre, preferentemente en las proximidades de la Rambla del Águila que fomenten el uso de los espacios libres existentes y dignifiquen el entorno.
   - Determinación de una reserva de suelo al Oeste del núcleo para la construcción de un Instituto.
   - Creación de una Sala de barrio de uso múltiple.
   - Se harán extensivas a Santa María del Águila las medidas tendentes a potenciar el carácter de capitalidad, indicadas para El Ejido.

LA REDONDA

Teniendo en cuenta su posición central en la comarca no ligada a los núcleos de población la gran accesibilidad que le proporciona su situación en torno al nudo de la autovía, se propone como objetivo el crecimiento hacia el Este y el Oeste manteniendo la posición central de dicho nudo y limitando el crecimiento al Norte y al Sur por las Carreteras del I.A.R.A.

LAS NORIAS

Las Normas Subsidiarias vigentes establecieron para Las Norias una ordenación que tenía como objetivo principal la integración de los distintos barrios dispersos existentes. Podemos decir que este objetivo se ha conseguido, habiéndose concentrado el crecimiento en las zonas entre barrios y existiendo actualmente un grado de cohesión impensable hace unos años. Una vez reconocido este hecho, es necesario resaltar que aún queda mucho por hacer hasta conseguir que Las Norias sea un único núcleo bien estructurado y compacto. Hacia este objetivo prioritario se deberá dirigir los criterios de planeamiento.

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

De la totalidad de las unidades de actuación en suelo urbano previstas en las Norias en situación de centralidad entre los distintos barrios, sólo han quedado sin desarrollar la UA-3-ND de pequeñas dimensiones situada entre el barrio de San Juan y el sector S-2-ND, y la UA-11-ND situada entre Pueblo Nuevo y la Cooperativa de Viviendas La Paz.

Se propone, como objetivo, mantener estas dos unidades de actuación para obtener una Plaza Pública en la UA-11-ND y para coser el espacio entre el suelo urbano consolidado y el sector S-2-ND en el caso de la UA-3-ND. Para el resto de las unidades de actuación no desarrolladas, situadas en su totalidad en los bordes urbanos se considera como regla general su inclusión en suelo urbanizable incorporándolas al nuevo suelo que se delimite, excepto en aquellas en las que existan circunstancias especiales que aconsejen mantener su clasificación actual, y su planeamiento sea acordado con los propietarios.

El resto de suelo urbano será el consolidado por la edificación y el correspondiente a las unidades de actuación desarrolladas. Excepcionalmente se considerará una franja de suelo urbano con planeamiento, de nueva creación en una unidad de actuación al Norte de la carretera de Las Norias a la Mojonera, para usos terciarios. En esta franja existe una gran tensión edificatoria producida por el deseo de rentabilidad la fachada a la mencionada carretera. La unidad se delimitará con un carácter muy restrictivo, teniendo en cuenta que se trata de una zona inundable. Se considera su clasificación de urbana por disponer de los servicios urbanísticos requeridos y porque mediante este procedimiento se pueden seleccionar los equipamientos que se consideren necesarios, que en este caso son principalmente aparcamientos.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

El objetivo general previsto para Las Norias es el de conseguir un núcleo cohesionado, tal y como se ha indicado en el apartado anterior. Para ello es necesario una propuesta de ordenación del núcleo con una oferta de suelo muy superior a la necesaria para absorber el crecimiento de población, dado los grandes espacios existentes entre barrios. El crecimiento se concentra exclusivamente al sur de la Carretera de La Mojonera, entre el barrio de San Juan y Pueblo Nuevo.

* En orden a la calificación de suelo:

- Mantener la distribución de usos del suelo y tipologías existentes con la incorporación de la franja para uso terciario al Norte de la Carretera de Las Norias, indicada anteriormente. Será objetivo preservar el valor ambiental del conjunto arquitectónico de Pueblo Nuevo.
- Desarrollo de una red viaria estructurante, basada en un bulevar al sur de la Carretera de La Mojonera y sensiblemente paralelo a ésta, trazado en el eje de la zona de crecimiento o como vía de borde según lo permita el estado de desarrollo de cada zona.

* En lo que se refiere a equipamientos locales:

- Creación de pequeñas plazas donde se pueda concentrar la actividad comercial y que actúen como catalizadores en el proceso de formación de un ambiente urbano actualmente casi inexistente.
- Ampliación de la zona central de equipamientos, incorporándole los terrenos bajos colindantes al Sur hasta completar el modelo urbano propuesto, para la creación de pequeños campos de deportes al aire libre.
- Establecer un recinto Ferial permanente, que pueda ser utilizado para los mercadillos semanales.
- Suprimir la reserva de suelo para E.G.B. prevista en Pueblo Nuevo, ya que la construcción de ocho unidades en el antiguo Colegio, hace innecesaria esta reserva, que se traslada a la zona de expansión al Este del barrio de San Juan.

SAN AGUSTÍN

El núcleo de San Agustín, es objeto específico de la Revisión de la Clasificación de Suelo que se formula, siendo su objeto el incremento del suelo residencial ante las demandas de crecimiento que se vienen operando. Se reduce en cualquier caso de manera importante las previsiones del Avance, específicamente en el suelo turístico y la ampliación y modificación que se proponen desarrollar y concretar los contenidos de convenios.

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Se mantiene como tal el delimitado en el PGOU vigente.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

Se incrementa el Suelo Urbanizable Sectorizado con la determinación de dos nuevos sectores situados en el Norte del núcleo, que comportan una regulación de la trama urbana, y la trama catastral y estructura viaria del suelo colindante, determinando unos espacios de transición a conseguir con la ejecución del Planeamiento.

El sector SUS SA situado a Poniente del núcleo se amplia hasta el Sur en extensión aproximadamente igual al Suelo Urbano No Consolidado.

* En orden a la calificación de suelo.

Se mantienen los criterios de conservación y valoración de los poblados de colonización, completando los ámbitos de transición con tipologías similares. Las extensiones del nuevo suelo urbanizable se califican con tipologías de edificación abierta, acorde con las demandas que se producen.

En los Suelo Urbanos No Consolidados situados al Sur se modifica la calificación de actividades económicas, pasándolos a uso residencial en edificación abierta.

* En lo que se refiere a equipamientos locales:

Se mantienen los previstos en el P.G.O.U. vigente y se califican nuevos suelos aumentando los estándares existentes y que sitúan los espacios libres en gran medida en el borde del suelo urbanizable con el no urbanizable.

MATAGORDA

Se considera que deben mantenerse los objetivos propuestos en las Normas vigentes, consistentes en una oferta generosa de suelo, y no parece necesario aumentarla, más bien habrá que arbitrar mecanismos de gestión pública para suplir la falta de iniciativa privada para el desarrollo del suelo y replantearse la idoneidad del suelo propuesto.

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Se considera que la oferta de suelo de las Normas vigentes es suficiente. Se propone cohesionar el núcleo mediante la clasificación de suelo residencial en el hueco existente al Sur y al Este de la zona consolidada por la edificación y mantener la oferta actual en las demás zonas, cambiando los usos residenciales previstos para las actuales unidades de actuación UA-12-MA y UA-13-MA por terciarias, ya que no existe oferta de este suelo en Matagorda, y eliminando la zona de Parque al Oeste de la Carretera Provincial.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

Se considera que el crecimiento de este núcleo puede ser cubierto de forma más adecuada mediante suelo urbano planificado, ya que permite la delimitación de unidades de ejecución de menores dimensiones y orientadas a la consecución de objetivos determinados, por lo que se propone no incluir esta clase de suelo.

* En orden a la calificación de suelo.

- Se propone mantener las tipologías edificatorias existentes, utilizando las tres Ordenanzas propuestas en las Normas Subsidiarias para el suelo residencial (dos Ordenanzas en manzana cerrada de intensidad 2 y 3 y una de unifamiliar adosada), e incorporar una cuarta para suelo de usos terciarios junto a la Carretera de Guardias Viejas.
- Eliminar la zona de Parque situada al Oeste de la Carretera de Guardias Viejas, ya que se trata de una zona baja de difícil accesibilidad para este uso. Se propone como alternativa una zona al Sur y al Este de la zona consolidada que sería accesible igualmente para los vecinos de la parte alta y baja del núcleo.
- Desarrollo de una red viaria que permita otras alternativas de conexión entre la zona alta y baja, además de la Carretera Provincial.
- Resolver la salida de aguas de lluvia procedentes de la rambla, hacia el Camino de las Canteras.

* En lo que se refiere a equipamientos locales:

- Oficina municipal político-administrativa.
- Centro de usos múltiples (Biblioteca, Salón de actos, Asociaciones locales, etc.).
- Parvulario.
- Guardería.
- Recinto Ferial.
- Mercadillos.

GUARDIAS VIEJAS

Durante el periodo de vigencia de las Normas, el único desarrollo urbanístico en la zona ha sido la tramitación y aprobación de un Plan Parcial de 6,967 Has. que no se ha llegado a urbanizar, por lo que podemos decir que el grado de cumplimiento del planeamiento general para este núcleo ha sido prácticamente nulo. Si tenemos en cuenta que para todo el planeamiento de desarrollo, las Normas Subsidiarias proponen un sistema de gestión privado, llegamos a la conclusión de que la iniciativa privada no ha encontrado interesante desarrollar este suelo.

El objetivo prioritario de Guardias Viejas sigue siendo desarrollar su potencial turístico, y habrá que analizar las causas por las que la iniciativa privada no ha encontrado de interés intervenir y arbitrar los mecanismos que corrijan esta situación.

Se considera que la única unidad de ejecución con planeamiento desarrollado la UA-5-GV, ha estado bloqueada por circunstancias atribuibles al promotor de la urbanización, y más que en el planeamiento habrá que buscar soluciones a esta situación en los sistemas de gestión, sustituyendo el sistema de gestión privada por otro de gestión pública.

El suelo urbanizable propuesto al Oeste del núcleo que en su mayor parte eran terrenos baldíos en el momento de redactar las Normas vigentes, han sido puestos en explotación agrícola recientemente, lo que indica el poco interés urbanístico que ha suscitado.

El acceso desde la Carretera de Guardias Viejas, está previsto prolongarlo en lo que será la futura Avenida del Mediterráneo. Actualmente la prolongación de este eje está bloqueado por la existencia de un conjunto de infraviviendas, sobre las que se ha iniciado un expediente de expropiación forzosa, que permitirá mejorar la primera impresión de Guardias Viejas que recibe el visitante ocasional.

El origen de Guardias Viejas como núcleo de población, históricamente aparece asociado a la existencia del manantial de aguas termales existente en la carretera de Balerma, se propone elevar a la categoría de símbolo este enclave utilizándolo para la promoción turística, dando a conocer su existencia.

Alrededor de estas cuatro ideas básicas se elaboran los objetivos para el núcleo de Guardias Viejas que se concretan en lo siguiente:

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Se propone mantener la misma clasificación de suelo previsto en las Normas formado, en la zona de Guardias Viejas, por una superficie consolidada de aproximadamente 4,73 Has. y dos unidades de actuación la UA-5-GV y la UA-6-GV, cambiando el sistema de actuación de la UA-5-GV previsto, por el de Cooperación.

En la zona de Paraíso al Mar no existe en la normativa vigente suelo urbano consolidado y se propone mantener este criterio.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

En las Normas actuales se proponía una zona de crecimiento al Oeste del suelo urbano y al Sur de la Carretera de Guardias Viejas a Balerma, esta zona está siendo explotada agrícolamente por lo que resultaría muy difícil su incorporación al proceso urbanizador. Se propone suprimir esta zona y potenciar el crecimiento de Los Baños hacia el Este hasta unir con el Plan Especial de la UA-BL-GV prevista para la explotación comercial del manantial de aguas termales existentes en el núcleo de Guardias Viejas.

En la zona de la Urbanización Paraíso al Mar se proponen mantener la oferta de suelo urbanizable de las Normas vigentes.

* En orden a la calificación de suelo.

- Se propone mantener las tipologías edificatorias existentes utilizando las cuatro Ordenanzas propuestas por las Normas vigentes (dos Ordenanzas en manzana cerrada de intensidad 2 y 3 y dos de viviendas unifamiliares, una aislada y otra adosada).
- Crear una zona verde alrededor del manantial de aguas termales e incorporarlo al dominio público.
- Creación de una nueva trama viaria, cuyo eje principal se desplazaría hacia el Este, quedando la actual Avenida del Mediterráneo como vía de borde ya que su desarrollo con el ancho actual es muy difícil por la existencia de un invernadero colindante.
- Creación de vías de penetración hacia la playa en fondo de saco con grandes espacios para aparcamientos, servicios y equipamientos turísticos que faciliten el acceso y uso de las playas y evitar la circulación rodada en sentido paralelo a la línea costera.

BALERMA

En base al análisis contenido de los apartados 1.4. y 1.7., se elaboran los objetivos para el núcleo de Balerma.

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Se propone mantener el suelo previsto por las Normas vigentes con la excepción de algunas de las unidades de actuación situadas en el entorno del Colegio Miguel Servet, que están invernadas y no parece posible su incorporación al proceso urbanizador a medio plazo. En esta misma zona se propone incorporar al suelo urbano el hueco existente entre el Colegio y el Camping.

Se considera que el suelo incluido en la UA-3-BA e incluso el triángulo del sector S-3-BA comprendido entre la Carretera Provincial y la Cooperativa de Viviendas, es necesario que se incorpore rápidamente al proceso urbanizador, ya que es el que puede absorber el crecimiento natural de Balerma actualmente bloqueado por falta de suelo urbanizado, se propone para todo este suelo un sistema de gestión pública pasando a Cooperación el actual sistema de Compensación.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

Se propone mantener el suelo actualmente clasificado de urbanizable, añadiendo una zona de ensanche en el borde Norte, adosado a la Cooperativa de Viviendas de El Palmeral, para mejorar la estructura del conjunto, aunque en esta zona existe una gran implantación de invernaderos y a corto plazo será difícil su desarrollo.

* En orden a la calificación de suelo.

- Se considera que las tipologías edificatorias propuestas en la normativa vigente recogen perfectamente la demanda actual por lo que no se considera necesario modificarlas.
- Consolidación de una zona para usos terciarios en la entrada de Balerma desde la carretera provincial que une este núcleo con la N-340.
- Completar la trama viaria actual potenciando una vía de borde que circunvale Balerma y permita conectar entre sí las tres carreteras de acceso sin atravesar el núcleo.
- Mantener la calificación de zona verde para los espacios situados a ambos márgenes de la Rambla del Loco.
- Peatonalizar la totalidad del Paseo Marítimo y parcialmente la Plaza de la Torre.
- Completar los equipamientos locales existentes con los siguientes:
- Restaurar y abrir al público la Torre de Balerma como Oficina de Información u otros usos turísticos o de carácter cultural.
- Concentrar las reservas de suelo para uso escolar en la zona del actual Parvulario y Guardería.
- Ubicar el Pabellón de Usos Múltiples previsto en este núcleo junto al Parque de El Palmeral.
- Establecer una reserva de suelo permanente para Recinto Ferial y mercadillos semanales.

PAMPANICO

Se considera como objetivo mantener la oferta actual de suelo en los conjuntos urbanos de los Barrios de Los Carpinteros cerrado en sí mismo y sin posibilidad de expansionarse y las Viviendas de Promoción Pública, para no agravar más la situación de este núcleo de población marginal, e incrementar la oferta de suelo en Venta de Pampanico y Barrio Jacobo.

Teniendo como base esta prioridad, se proponen los siguientes objetivos:

* En orden a la clasificación de suelo urbano.

Se propone mantener la oferta de las Normas vigentes en Pampanico Bajo (Barrio Carpinteros y Viviendas de Promoción Pública), e incrementar la de Pampanico Alto (Venta Pampanico y Barrio Jacobo) mediante unidades de actuación que permitan obtener los equipamientos más necesarios en estos núcleos.

* En orden a la clasificación de suelo urbanizable.

No se considera necesario ni conveniente esta clase de suelo en Pampanico, ya que precisa áreas para su desarrollo de mayor entidad de las que son necesarias en este núcleo.

* En orden a la calificación de suelo.

Incluir suelo para usos terciarios

* En lo que se refiere a equipamientos locales:

- Oficina municipal político-administrativa.
- Guardería.
- Módulo Sanitario.
- Centro de Tercera Edad.

NÚCLEOS URBANOS DE ORIGEN RURAL

En las Normas vigentes se contempla en suelo no urbanizable, una normativa especial de aplicación a las Agrupaciones Rurales de El Canalillo y San Silvestre que permite la edificación dentro de un perímetro delimitado.

Se propone como objetivo, hacer una delimitación de suelo urbano con carácter restrictivo y establecer alineaciones en estas agrupaciones y además en Tarambana y en el “Pozo de la Tía Manolica” de Matagorda, con la finalidad de legalizar actuaciones ya realizadas y permitir rellenar los huecos existentes.

 

 

 

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